Prorróganse por un año, a partir del 12 de Septiembre de mil novecientos cuarenta y uno, fecha en que termina su vigencia, los efectos del Decreto Legislativo No. 9, (Declarese por Un Año el Estado de Emergencia Económica) (), por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica suspendiéndose, en consecuencia, las garantías constitucionales consignadas en los Artos. 43 y 62 de la Constitución Política ().
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