Derogaciones:
Decreto Legislativo, (Las Manifestaciones de Cultos Religiosos solo se Permiten en los Templos) (), que prohíbe fuera de los templos las manifestaciones de culto externo, y el uso del trajelar a los miembros de corporaciones religiosas. Quedan derogadas también todas las disposiciones de opresión o de persecución a los actos de culto, mientras éstos no se hallen fuera de lo dispuesto en el Arto. 5° de la Constitución Política ().
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