Se Prorroga por Cincuenta Días, A Partir del Treinta y Uno de Mayo de Mil Novecientos Ochenta y Cuatro, El Estado de Emergencia Nacional Establecido por los Decretos Nos:
Decreto-Ley 996, Ley de Emergencia Nacional ( ).
Decreto-Ley No. 1023, Prórroga al Estado de Emergencia Nacional ( ).
Decreto-Ley No.1043, Prórroga Estado de Emergencia Nacional ( ).
Decreto Ley No.1056, Prórroga al Estado de Emergencia ( ).
Decreto- Ley No 1071, Prórroga al Estado de Emergencia ( ).
Decreto-Ley 1082, Prórroga Estado de Emergencia Nacional. ( ).
Decreto Ley No. 1255, Prórroga al Estado de Emergencia Nacional ( ).
Se Limita la Suspensión de Derechos y Garantías Consecuencia del Estado de Emergencia Nacional Únicamente a Los Consignados en los Artículos 8, 11, 15, 21, 23, 32, y 50 de la Ley No. 52, Estatuto sobre Derechos y Garantías de los Nicaragüenses ( ). |