| La Ley, Decreto por el Cual se Establece una Prima de un 1 Cordoba por Cada 50 Kilos de Trigo que se Coseche en el País, se encuentra incorporada en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN). |