| El Decreto Legislativo, Se Faculta al Ejecutivo para que Construya Ferrocarriles con Fondos Nacionales ó por Contrato con Particulares, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Infraestructura. |