Se declararán en conservación permanente la totalidad de los fondos documentales, desde su fecha más antigua hasta el año de mil novecientos setenta y nueve inclusive, que se encuentran en custodia de los Ministerios, Instituciones, Entes Autónomos Descentralizados y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo.
El Decreto Ejecutivo N°. 72-2001, Para el Rescate del Patrimonio Documental de la Nación Anterior al Año 1979, se encuentra incorporado en el Anexo I Registro de Normas Vigente de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura. |