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Título:La Asamblea Constituyente Deberá Reunirse el Dia 15 de Agosto Próximo y se Compondrá de Veinte Diputados Electos por las Juntas de Distrito. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:S/N
La Gaceta, Diario Oficial N°:12
Fecha Publicación:04/24/1847.
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto Legislativo S/N, La Asamblea Constituyente Deberá Reunirse el Dia 15 de Agosto Próximo y se Compondrá de Veinte Diputados Electos por las Juntas de Distrito, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.



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