LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Facultades al Banco Central de Nicaragua sobre Control de Cambio. (Enlace al Texto)-->NormasWeb
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:208
Gaceta No.:171
Fecha Publicación:08/13/1986. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley No. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Decreto No. 332 MEIC, Regulaciones Aplicables a la Compra y Venta de Divisas Extranjeras (Indice Relacionado).

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Banco Central de Nicaragua dictará las normas y procedimientos para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes relativas a la negociación de las divisas provenientes de exportaciones visibles e invisibles. Esta facultad, además de las que le otorga el Decreto No. 332 MEIC, Regulaciones Aplicables a la Compra y Venta de Divisas Extranjeras, incluye la verificación, comprobación y auditoría de las operaciones en divisas realizadas por personas naturales, y empresas o instituciones tanto privadas como estatales. En el caso de las empresas estatales adscritas a un Ministerio, se incluyen aquellas de nacionalidades extranjeras constituidas o domiciliadas en el extranjero.




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