Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(RATIFICA ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No.305-99, Aprobado el 2 de Septiembre 1999

Publicado en La Gaceta No.186 del 30 de Septiembre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO

I

Que es del más alto interés del Gobierno consolidar la confiabilidad que goza el Sistema Financiero Nacional, para fortalecer la cultura del ahorro y garantizar a los depositantes la correcta administración de los recursos que manejan en los Bancos y que son coadyuvantes de la reactivación económica del País.
II
Que dentro de ese contexto y debido a los acontecimientos generados por irregularidades acontecidas en el BANCO SUR,S.A. el Consejo Directivo de la Superintendencia del Banco Central de Nicaragua, se vió obligado a adoptar medidas extremas en beneficio de los usuarios de dicho Banco, con el objeto de evitar los efectos que inciden negativamente en el Sistema Financiero y que podrían poner en riesgo la Banca y la Economía Nacional.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1.- Ratificar la actuación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en lo que respecta al apoyo financiero tanto al Banco Central de Nicaragua, como a la Financiera Nicaraguense de Inversiones en relación a las mencionadas irregularidades.

Artículo 2.- Instruir al Ministro de Hacienda a fin de que dicte las medidas necesarias para solventar con fondos públicos los créditos resultantes a favor de BANCENTRO S.A. como consecuencia del traslado a éste de la cartera de Préstamos del BANCO SUR, S.A.

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte efectos a partir de esta fecha.Publíquese en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los dos de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.-
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