Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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Sin Vigencia

(NOMBRAR AL COMPAÑERO MARIO ANTONIO BARQUERO BALTODANO, EN EL ALTO CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 191-2009, aprobado el 20 de agosto de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 163 de 28 de agosto de 2009

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1. Nombrar al Compañero MARIO ANTONIO BARQUERO BALTODANO, en el alto cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua ante el Gobierno de la República Islámica de Irán.

Artículo 2. Remitir a la Honorable Asamblea Nacional el presente Acuerdo para su Ratificación, de conformidad con lo establecido en el numeral 30) del Artículo 138, del Capítulo II "Poder Legislativo", del Título VIII "De la Organización del Estado", de la Constitución Política.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día veinte de Agosto del año dos mil nueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Vanegas Guido, Secretario de la Presidencia Encargado del Despacho de la Secretaría Privada para Políticas Nacionales.
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