Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA EL “ACUERDO GENERAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE BELARÚS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 57-2023, aprobado el 16 de mayo de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 86 del 17 de mayo de 2023

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 57-2023

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el “Acuerdo General entre el Gobierno de la República de Belarús y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Préstamos a la Exportación” y el “Acuerdo Básico entre el Banco de Desarrollo de la República de Belarús y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la República de Nicaragua”, así como todos los documentos que se suscriban con los acuerdos antes referidos.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo Presidencial es suficiente para acreditar la facultad del Ministro de Hacienda y Crédito Público, para actuar en representación del Gobierno de la República de Nicaragua de conformidad con el contenido del Artículo 1 del presente instrumento.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dieciséis de mayo del año dos mil veintitrés. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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