Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE EX-COMBATIENTES POR LA PAZ Y EL DESARROLLO (ASOEXCOPADE)]

DECRETO A.N. N°. 1588, aprobado el 05 de febrero de 1997

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 217 del 13 de noviembre de 1997

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE EX-COMBATIENTES POR LA PAZ Y EL DESARROLLO (ASOEXCOPADE), Asociación sin fines de lucro. de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Condega, Departamento de Estelí.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE EX-COMBATIENTES POR LA PAZ Y EL DESARROLLO (ASOEXCOPADE), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta. Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua. en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. a los cinco días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete. - Iván Escobar Fornos. Presidente de la Asamblea Nacional. - Lombardo Martínez. Secretario de la Asamblea.

Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiocho de Febrero de mil novecientos noventa y siete. - Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
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