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(APROBAR LA BANDA DE PRECIOS DE REFERENCIA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE GENERACIÓN CON FUENTES RENOVABLES)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 002-DGERR-002-2017, aprobado el 7 de abril de 2017
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 108 del 9 de junio de 2017
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de la República de Nicaragua, en su artículo 105 establece que es obligación del Estado promover, facilitar y regular la prestación de los servicios públicos básicos de energía, comunicación, agua, transporte, infraestructura vial, puertos y aeropuertos a la población y es un derecho inalienable de la misma el derecho a ellos.
II
Que uno de los pilares fundamentales para el desarrollo socioeconómico del país es el cambio de la matriz energética, en este sentido, el Gobierno de la República de Nicaragua a través de diferentes programas y acciones ha incentivado y continúa impulsando el desarrollo de proyectos de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, desarrollo que debe de ir acompañado de una política que marque las pautas en los precios de compra y venta de energía y potencia en este tipo de generación.
III
Que el literal c) del art. 30 de la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", y sus reformas, establece como una de las facultades del Ministerio de Energía y Minas, "Revisar, actualizar y evaluar periódicamente el Plan estratégico y políticas públicas del sector energía, las políticas de precios y subsidios en el sector eléctrico, las políticas de cobertura de servicio en el país, incluyendo la electrificación rural y las políticas y estrategias de financiamiento e inversiones del sector energía".
IV
Que el literal g) del art. 4 de la Ley No. 911, "Ley de Reformas a la Ley No. 554, Ley de Estabilidad Energética y a la Ley No. 898, Ley de Variación de la Tarifa de Energía Eléctrica al Consumidor", establece literalmente que "El Ministerio de Energía y Minas deberá aprobar, publicar y actualizar la Banda de Precios de Referencia para las nuevas contrataciones de generación de energía con fuentes renovables."
POR TANTO,
En base a las consideraciones de derecho antes indicadas y por ser la actividad de la industria eléctrica de interés nacional, como un elemento indispensable para el desarrollo de la nación, esta Autoridad,
RESUELVE:
PRIMERO: Aprobar la Banda de Precios de Referencia para el desarrollo de proyectos de generación con Fuentes Renovables, de conformidad a la siguiente tabla:
Fuente | Precio Máximo
US$/MWh |
Eólica | 80 |
Geotérmica | 92 |
Biomasa | 80 |
Hidroeléctrica a filo de agua | 107 |
Hidroeléctrica con embalse | 99 |
Solar | 70 |
SEGUNDO: Los valores de la Banda de Precios de Referencia para el desarrollo de proyectos de generación con fuentes renovables estipulados en la presente resolución son máximos y no están sujetos a indexación.
TERCERO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de abril del año dos mil diecisiete. (f) SALVADOR MANSELL CASTRILLO, Ministerio de Energía y Minas.