DECRETO POR EL QUE SE ACLARA EL ART 6 DEL DECRETO DE 3 DE MAYO ÚLTIMO
Aprobado el 22 de junio de 1889
Publicado en La Gaceta No. 49 del 27 de Junio de 1889
El Presidente de la República, considerando:Que se han suscitado algunas dudas sobre la aplicación que deba dársele á los términos del artículo 6º del decreto de 3 de Mayo último, y deseando alejar las dificultades que tales dudas pudieran originar,
DECRETA:
1°.- Se entiende por actuales poseedores de terrenos baldíos acostados ó cultivados, aquellos que los tengan demarcados ó deslindados de alguna manera, ó que hayan iniciado trabajo de agricultura.
2°.- La presente disposición es una aclaratoria del artículo 6º del decreto citado.
Comuníquese –Managua, 22 de junio de 1889 - E. Carazo.- el Ministro de Hacienda.- Octavíano César.