(CIRCULAR SOBRE IMPUESTOS POR CADA PATENTE DE AGUARDIENTE)
CIRCULAR No.507, Aprobada el 4 de Diciembre de 1946
Publicada en La Gaceta No. 265 del 7 de Diciembre de1946
Managua, D. N., 4 de Diciembre de 1946.
Señores Administradores de Rentas.
Toda la República.
Circular No. 507
Referente a los impuestos de cinco córdobas por cada patente de aguardiente que sea extendiendo o refrendada de que habla la circular No. 21 de la Dirección de Ingresos, sírvase Ud. abrir en la primera Partida la cuenta “Patronato Nacional de Reos” a la que abonará el impuesto percibido, al depositarlo hará el detalle de lo que le corresponde en el reverso de la papeleta. Acuse recibo.- Emilio Pereira A.- Presidente del Tribunal de Cuentas.