Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA

DECRETO A. N. N°. 034, aprobado el 1 de noviembre de 1988

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 225 del 25 de noviembre de 1988

Otórgase Personalidad Jurídica

Decreto A. N. N°. 034

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE CINEMATOGRAFÍA, constituida como una Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3 La Asociación Nicaragüense de Cinematografía, estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primer día del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y ocho.-

Por una paz digna, patria libre o morir.- Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto, publíquese y Ejecútese.- Managua, dos de Noviembre de mil novecientos ochenta y ocho.- Por una paz digna, patria libre o morir.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
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