Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZASE NUEVA IMPRESIÓN DE SELLOS POSTALES "AÑO INTERNACIONAL DEL NIÑO 1979"

DECRETO EJECUTIVO N°. 34, aprobado el 17 de mayo de 1979

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 31 de mayo de 1979

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

en uso de sus facultades,

Considerando:

Las necesidades postales y filatélicas del presente año:

Decreta:
Artículo 1.- Se autoriza la impresión y circulación de una emisión de sellos postales con motivo del "Año Internacional del Niño", declarado así por la Organización de las Naciones Unidas, y con motivo también de las "Aldeas S.O.S Infantiles", humanitaria institución internacional dedicada a la protección y educación de niños desamparados con ramificaciones en Nicaragua donde mantiene una Aldea Infantil de grandes proyecciones en la ciudad de Estelí.

Artículo 2.- Esta emisión consta de cinco estampillas con un tiraje de setecientas setenta y cinco mil (775,000) estampillas perforadas en sus contornos con un valor facial total de Un Millón Seiscientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Córdobas (C$1,662,500.00) y veintiocho mil quinientos (28,500) hojitas miniaturas, perforadas (26,000) e imperforadas (2,500) con valor facial total de Quinientos Setenta Mil Córdobas (C$570,000.00) distribuidas en los valores y cantidades siguientes:

Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 120 de 31 de Mayo de 1979

Artículo 3.- El valor de 20 Centavos será de la denominación "Correo" y los valores de 90 Centavos, C$2.00, C$2.20, C$10.00 y C$20.00 (sello de las hojitas) serán de la denominación "Aéreo" que podrán usarse en el franqueo de ambos servicios y se distribuirán de la siguiente manera:

TELCOR recibirá la cantidad de cuatrocientos setenta mil (470,000) estampillas con valor total de Seiscientos Diez Mil Córdobas (C$610,000.00); Oficina Filatélica recibirá veinticinco mil (25,000) estampillas con valor total de Setenta y Seis Mil Quinientos Córdobas Netos (C$76,500.00) y un mil quinientos (1,500) hojitas miniaturas con valor total de Treinta Mil Córdobas (C$30,000.00) y a la Inter-Governmental Corporation distribuidores en New York, recibirán doscientas ochenta mil (280,000) estampillas con valor total de Ochocientos Setenta y Seis Mil (C$876,000.00) y veintisiete mil (27,000) hojitas miniaturas con valor total de Quinientos Cuarenta Mil Córdobas (C$540,000.00), conforme el siguiente detalle:

TELCOR, Oficina Filatélica, I.G.P.C.

Nota: Ver Tablas en Gaceta No. 120 del 31 de Mayo de 1979

Artículo 4.- El costo de impresión, diseños y gastos de transporte serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que les corresponda, por TELCOR y Ministerio de Hacienda y C.P. (Oficina Filatélica e I.G.P.C.)

Artículo 5.- Los diseños de estas estampillas representan entretenciones y juegos de los niños , las leyendas usuales de rigor y los emblemas del Año Internacional del Niño 1979 y de las Aldeas S.O.S. Infantiles. El sello de la hojita lleva la efigie del Dr. Hermann Gmeiner fundador de las Aldeas S.O.S. y su impresión será mediante el procedimiento de Oitho.Offset a color.

Artículo 6.- Este Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve. (f) A. SOMOZA, Presidente de la República. (f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C.P.
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