Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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REFÓRMASE DECRETO EJECUTIVO No. 34 DE 5 DE ABRIL 1973, REFERENTE A INTERÉS DE EMPRÉSTITO AUTORIZADO A ENALUF

DECRETO EJECUTIVO N°. 37, aprobado el 4 de mayo de 1973

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 99 de 12 de mayo de 1973

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

En uso de sus facultades,

Por Cuanto:

Por Decreto Ejecutivo No. 34 del cinco de Abril del corriente año, se aprobó el Acuerdo del Consejo Directivo de la Empresa Nacional de Luz y Fuerza, tomado en su sesión de las tres de la tarde del 26 de Marzo de este año, en el que se delegó en el Presidente Ejecutivo del dicho Ente Autónomo del Estado para suscribir un empréstito hasta por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL DÓLARES (US$1.800,000.00) en moneda de los Estados Unidos de América, a cuatro años de plazo y al interés del 81/2% anual con la Sociedad Cordillera Investments Limited, de las Bahamas,

Por Cuanto:

El Empréstito autorizado se convino al interés del U.S. Prime Rate más el 11/2% anual que es sensiblemente más bajo que el autorizado, lo cual es conveniente a los intereses de la Empresa Nacional de Luz y Fuerza, se hace necesario reformar el Decreto No. 34, relacionado en el Por Cuanto anterior en el sentido de aprobar el interés contratado,


Decreta:


Único.- Refórmase el Decreto Ejecutivo No. 34 del 5 de Abril del corriente año, únicamente en lo que se refiere al interés del empréstito autorizado a la Empresa Nacional de Luz y Fuerza con la Sociedad Cordillera Investments Limited el cual será el del U.S. Prime Rate más el 11/2% anual y no del 81/2% anual como está dicho en el Decreto reformado.

Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, cuatro de Mayo de mil novecientos setenta y tres.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R. MARTÍNEZ L. - (f) EDM. PAGUAGA. -(f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario de la Junta Nacional de Gobierno.
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