Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Aduanas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN AL CÓDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO (CAUCA)

DECRETO EJECUTIVO N°. 23-93, aprobado el 16 de abril de 1993

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.73 del 21 de abril de 1993

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que los Presidentes Centroamericanos en la Declaración de Puntarenas, realizada en Costa Rica en diciembre de 1990, decidieron instruir a los Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, para que definieran una política de convergencia arancelaria y aduanera centroamericana congruente con las políticas de desarrollo regional de apertura externa, procurando la modernización de los instrumentos en que se ampara;

II

Que mediante el Protocolo suscrito por los cinco Estados contratantes el 13 de Diciembre de 1963 se adoptó el Código Aduanero Uniforme vigente;

III

Que el proceso de actualización de la Legislación de Integración Centroamericana que se está siguiendo, exige la modernización del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, a fin de armonizar sus disposiciones con el resto de los instrumentos, especialmente los que constituyen el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;

IV

Que en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala el día siete de Enero de Mil Novecientos Noventa y Tres, los Ministros de Economía de Centroamérica suscribieron el Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), mediante el cual se adopta un nuevo Código Aduanero, que sustituye totalmente al suscrito el 13 de Diciembre de 1963 por los países centroamericanos.

Por Tanto:

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente Decreto de:

APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN AL CÓDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO (CAUCA)

Artículo 1.- Apruébase y Ratifícase el Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano, suscrito en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, el día 7 de Enero de 1993 por los Ministros de Economía de Centroamérica.

Artículo 2.- Expídase el correspondiente instrumento de ratificación para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana, de conformidad con el Artículo 4 de dicho Protocolo.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dieciséis días del mes de Abril de mil novecientos noventa y tres.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.-
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