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ACUERDO MARCO DE COMERCIO E INVERSIÓN CELEBRADO ENTRE EL MERCOSUR Y LOS PAÍSES MIEMBROS DEL MERCADO COMÚN CENTROAMERICANOS (MCCA)
DECRETO A.N. N°. 2244, aprobado el 20 de mayo de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 01 de junio de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE COMERCIO E INVERSIÓN ENTE EL
MERCOSUR Y LOS PAÍSES CENTROAMERICANOS
Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo Marco de Comercio e Inversión entre el MERCOSUR, y los Países Centroamericanos, suscrito en Santiago de Chile, República de Chile, el 18 de Abril de 1998, por los Presidentes de la República de Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur MERCOSUR y los Presidentes de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley. VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, treinta y uno de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: El título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1049, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Relaciones Internacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130 del 14 de julio de 2021.