Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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FACULTADES AL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DECRETO EJECUTIVO N°. 1131, aprobado el 31 de octubre de 1982

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 265 de 12 de noviembre de 1982

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.- Otórgase al Ministerio de Comercio Exterior la facultad de ser el único ente autorizado del país para realizar las exportaciones de Jengibre.

Artículo 2.- El Ministerio de Comercio Exterior podrá autorizar la exportación de dicho producto por medio de terceros cuando así lo estime conveniente.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.
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