Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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DISPOSICIÓN RELATIVA AL PAGO DE PÓLIZAS

ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 28 de Enero de 1896

Publicado en La Gaceta No. 369 de 31 de Enero de 1896

El Presidente de la República, tomando en consideración que es ya muy reducida la cantidad que circula de Obligaciones contra el Tesoro y deseando evitar al comercio los inconvenientes que se le presentan para el pago con ese papel del treinta por ciento de los derechos marítimos, acuerda:
Art. 10 — Desde el 10 de Febrero próximo en adelante, se pagará en dinero efectivo el treinta por ciento do los derechos marítimos destinado á la amortización de las Obligaciones contra el Tesoro; esta disposición es aplicable aun tratándose de las pólizas vencidas antes de esa fecha.
Art. 20 — Los tenedores de dichas obligaciones deberán presentarlas al Ministerio den Hacienda el diez del mes indicado para disponer su pago.

Comuníquese — Managua, 28 de Enero de 1896 — Zelaya — El Ministro de Hacienda — Mayorga.
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