Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(NÓMBRESE COMO SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA, AL COMPAÑERO MSC. SALVADOR VANEGAS GUIDO)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 155-2007, aprobado el 07 de marzo de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 51 del 13 de marzo de 2007

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 155-2007

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I
Que la Ley 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo”, publicada en la Gaceta 102, publicada el 3 de junio de 1998 y sus Reformas, en su artículo 11, otorga al Presidente de la República las facultades de crear mediante Decreto, las Secretarías que estime conveniente para el mejor desarrollo de su Gobierno.
II
Que el Artículo 5 del Reglamento de la Ley 290, reformado por el artículo 2 del Decreto 21-2007, “Reformas al Decreto N°. 03-2007, Reformas y Adiciones al Decreto 71-98, Reglamento de la Ley 290, Ley de organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y su Reforma el Decreto N°. 25-2006”, publicado en la Gaceta del 20 de febrero del 2007, el cual establece como parte del Despacho de la Presidencia, la Secretaría de la Presidencia.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Nómbrese como Secretario de la Presidencia, al Compañero Msc. Salvador Vanegas Guido, quien será el encargado de dirigir, coordinar y supervisar todos los Asuntos Administrativos y Financieros de la Presidencia de la República.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los siete días del mes de marzo del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.
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