Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA ORTIZ ARAGON R.L. (COOPAORA, R.L.)]

RESOLUCIÓN N°. 003-2022-PJ-ZC-MEFCCA, aprobada el 14 de noviembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 08 del 18 de enero de 2023

Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Territorial de ZELAYA CENTRAL del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 029 se encuentra la Resolución No. 003-2022-PJ-ZC-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 003-2022-PJ-ZC-MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Sur, catorce de Noviembre del año dos mil veintidós, las diez de la mañana, en fecha catorce de Noviembre del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA ORTIZ ARAGON R.L.(COOPAORA, R.L.) con domicilio social en el Municipio de Nueva Guinea, de la Región Autónoma Costa Caribe Sur. Se constituye a las tres de la tarde del día dos de Septiembre del año dos mil veintidos. Se inicia con diez (10) asociados, ocho (8) hombres, dos (2) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 10,000 (diez mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 5,000 (cinco mil córdobas netos). Esta delegación territorial, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA ORTIZ ARAGON R.L.(COOPAORA, R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Santos Noel Ferrufino Martinez; Vicepresidente (a): Elia Salina Ortiz Herrera; Secretario (a): Martin Adonis Suarez; Tesorero (a): Erling José Báez Oporta; Vocal: José Antonio Aragon Gutiérrez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Luz Marina Jiménez Ibarra, Delegada Territorial. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los Catorce días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós. (f) Luz Marina Jiménez Ibarra Delegada Territorial.
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