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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y EL DESARROLLO DEL SUR-ESTE DE NICARAGUA (FUNDACIÓN DEL RÍO)
DECRETO A.N. N°. 276, aprobado el 05 de abril de 1990
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 143 del 26 de julio de 1990
Decreto A.N. N°. 276
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y EL DESARROLLO DEL SUR-ESTE DE NICARAGUA (FUNDACIÓN DEL RÍO), Fundación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de San Carlos, Río San Juan.
Arto. 2 La Representación Legal de la Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.
Arto. 3 Esta Fundación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.
Arto. 4 .El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Abril de mil novecientos noventa. - "Año de la Paz y la Reconstrucción". - Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. - Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, diez de Abril de mil novecientos noventa. - "Año de la Paz y la Reconstrucción". - Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.