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(AUTORIZACIÓN AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EXIMBANK) CONVENIO DE PRÉSTAMO
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 3-2002, aprobado el 3 de enero de 2002
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 72 del 11 de abril de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
ACUERDA:
Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ingeniero Esteban Duque Estrada, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, pueda suscribir con The Export-Import Bank of the Republic of China (EXIMBANK), una segunda Enmienda al Convenio de Préstamo No. 6020620002, firmado el 17 de Septiembre de 1998, entre la República de Nicaragua y The Export-Import Bank of the Republic of China (EXIMBANK), por un monto de US$ 20.2 millones, para financiar el “Programa de Mejoramiento del Sistema de Riego en el Occidente del País”.
Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para la acreditación de la representación para la firma de la segunda Enmienda al Convenio de Préstamo No. 6020620002, mediante el cual el EXIMBANK de la República de China, autoriza al Gobierno de la República de Nicaragua a utilizar parte de los recursos desembolsados, provenientes de este préstamo, para financiar al sector cafetalero nicaragüense.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el tres de Enero del añ o dos mil dos.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- Presidente de la República de Nicaragua.