Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZACIÓN AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) CONTRATO DE PRÉSTAMO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 217- 2003. Aprobado el 27 de Mayo del 2003.

Publicado en La Gaceta No.106 del 9 de Junio del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA:


Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Préstamo No. 1608 por un monto de Tres Millones Setecientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Sesenta Dólares con Cincuenta Centavos de Dólar (US$ 3,756.260.50), moneda de los Estados Unidos de América, provenientes del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto- "Estabilización del Camino Santa Clara-Susucayán-El Jícaro", de la República de Nicaragua.

Artículo 2.- La Certificación de este Acuerdo servirá para la acreditación de la representación para la firma del Contrato de préstamo No. 1608, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Banco Centroamericano de Integración Económica.

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos, a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintisiete de Mayo del año dos mil tres. -ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.

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