PRORROGA DEL CONVENIO INTERNACIONAL DEL AZUCAR DE 1978
Decreto No. 1116 de 24 de septiembre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 233 de 6 de octubre de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONALDE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
UNICO
Que por decisiones del Consejo Internacional del Azúcar, tomadas en noviembre de 1981 y mayo del corriente año, se acordó prorrogar por dos años el Convenio Internacional del Azúcar (OIA) de 1978, del cual es parte Nicaragua.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Aprobar y ratificar la prórroga, hasta el 31 de diciembre de 1984, del Convenio Internacional del Azúcar de 1978, conforme decisiones del Consejo Internacional del Azúcar tomadas en noviembre de 1981 y mayo del año en curso.
Artículo 2.-Notificar esta aprobación al Secretario General, de las Naciones Unidas, por medio del Consejo Internacional del Azúcar, de conformidad al artículo 83 del mismo Convenio.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Daniel Ortega Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova Rivas.