Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PESCA ARTESANAL PEZ NICA, R. L. (COOPAPEN, R. L.)]

RESOLUCIÓN N°. 002-2021-PJ-CA-MEFCCA, aprobada el 04 de mayo de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2021

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de CARAZO del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 025 se encuentra la Resolución No. 002-2021-PJ-CA-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 002-2021-PJ-CA-MEFCCA, Carazo, cuatro de Mayo del año dos mil veintiuno, las ocho de la mañana, en fecha quince de Abril del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PESCA ARTESANAL PEZ NICA, R. L. (COOPAPEN, R. L.) con domicilio social en el Municipio de Diriamba, departamento de Carazo. Se constituye a las cuatro de la tarde del día seis de Octubre del año dos mil veinte. Se inicia con dieciocho (18) asociados, once (11) hombres, siete (7) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 3,600 (tres mil seiscientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ 3,600 (tres mil seiscientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PESCA ARTESANAL PEZ NICA, R. L. (COOPAPEN, R. L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Milciades José Mendieta Selva; Vicepresidente (a): Holman Cruz Zeas; Secretario (a): Alfredo José Parrales Gutierrez; Tesorero (a): Liliana De Los Angeles Aguilar Mendieta; Vocal: Reynaldo Jose Delgado Mendieta. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a María Teresa Castro Gonzalez, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los cuatro días del mes de Mayo del año dos mil veintiuno. (f) María Teresa Castro Gonzalez, Delegada Departamental.
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