Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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PERSONALIDAD JURÍDICA

DECRETO A.N. N°. 049, aprobado el 13 de junio de 1989

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 126 del 04 de julio de 1989

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Cultural “Coro de Ángeles”, Asociación, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que lo determinen sus estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3.- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica, y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y nueve.- “Año del Décimo Aniversario”.- Leticia Herrera Sánchez, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley.- Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, quince de Junio de mil novecientos ochenta y nueve.- “Año del Décimo Aniversario”.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
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