Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION NICAS UNIDOS POR NICARAGUA (NICAS UNITED FOR NICARAGUA)]

DECRETO A. N. N°. 4721, aprobado el 08 de junio de 2006

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.174 del 06 de septiembre de 2006

DECRETO A. N. No. 4721

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION NICAS UNIDOS POR NICARAGUA (NICAS UNITED FOR NICARAGUA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACION NICAS UNIDOS POR NICARAGUA (NICAS UNITED FOR NICARAGUA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ocho días del mes de Junio del año dos mil seis. EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente de la Asamblea Nacional.- MARIA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciséis de agosto de dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.
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