Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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ASIGNACIÓN EN PROPIEDAD A TELCOR

Decreto No. 1385 de 30 de Diciembre de 1983

Publicado en La Gaceta No.9 de 12 de Enero de 1984

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Decreta:


Artículo 1.- Asignar en propiedad al Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), una parcela de terreno de siete mil doscientos veintidós metros cuadrados y noventa y ocho centésimas de metros cuadrados de superficie (7,222.98), las que serán desmembradas de la finca número 32,049; Tomo 434, Folio 151 y 152, Asiento Segundo, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad del Departamento de Managua. Los terrenos en mención actualmente le pertenecen al Fisco o Hacienda Pública de Nicaragua y servirán para la ampliación del Sistema de Comunicaciones, se encuentran ubicados en el sector conocido anteriormente como Villa Fontana, hoy Villa Panamá, en esta ciudad, con los siguientes linderos especiales: Norte: Planes de Altamira, Número Tres, Pista Sub-Urbana de por medio; Sur: resto de la finca matriz; Este: Chepita Huezo de Dinícola, cauce de por medio; Oeste: Edificio de Telcor, Eliseo Picado T.

Artículo 2.- La parcela de terreno anteriormente descrita y deslindada pasará a ser propiedad del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), en virtud del presente Decreto.

Artículo 3.- Se autoriza al Compañero Registrador de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, efectuar la inscripción respectiva con la certificación auténtica librada por la Secretaría que servirá de suficiente título de dominio y de las boletas correspondientes.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Daniel Ortega Saavedra. Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas.
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