Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Categoría normativa: Decretos - Ley
Abrir Gaceta
-
REFORMA AL DECRETO 1074 "LEY SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN Y SEGURIDAD PUBLICA"

DECRETO No. 1377. Aprobado el 30 de Noviembre de 1983

Publicado en La Gaceta No. 287 del 22 de Diciembre de 1983

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETA:

En uso de sus facultades y con fundamento en el Artículo 23 de Decreto No. 388 del 2 de Mayo de 1980.
Hace saber al pueblo nicaragüense:

Único: Que aprueba la reforma hecha por el Consejo de Estado en Sección Ordinaria Número Ocho del día tres de Agosto de mil novecientos ochenta y tres.- "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía", al Decreto 1074 "Ley sobre el Mantenimiento del Orden y la Seguridad Pública", el que ya reformado íntegra y literalmente se leerá así:

Artículo 1.- Se reforma el párrafo primero del Artículo 4, del Decreto No. 1074, publicado en La Gaceta», Diario Oficial No. 167 del 17 de Julio de 1982, suprimiendo del mismo la pena de Obras Públicas, debiendo leerse así:

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres.- "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.- SERGIO RAMÍREZ MERCADO.- RAFAEL CÓRDOVA RIVAS.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.