Sin Vigencia
DECLARASE DÍA DE FIESTA NACIONAL EL DÍA DE LAS BODAS DE ORO SACERDOTALES DE MONSEÑOR LEZCANO Y ORTEGA
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 855, aprobado el 21 de abril de 1938
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 85 del 26 de abril de 1938
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
I
Que el día 22 de los corrientes y con motivo de celebrar sus bodas de oro sacerdotales el Excmo. Arzobispo de Managua, Monseñor JOSÉ ANTONIO LEZCANO Y ORTEGA, recibirá el justo homenaje de gratitud y de cariño del pueblo nicaragüense que le mira como un símbolo de virtud y de abnegación;
II
Que Monseñor LEZCANO Y ORTEGA en el ejercicio de su alto Ministerio, ha procedido siempre con acierto y con inteligencia ejemplares, contribuyendo con el prestigio de su autoridad moral, en diversas ocasiones a la paz y a la tranquilidad pública; que ha prestado, asimismo servicios al Estado en diversas funciones y especialmente como Vicepresidente de la Junta Nacional de Beneficencia, cargo que desempeña con altruismo y con dedicación,
ACUERDA:
1 – Declarar día de fiesta nacional el viernes 22 de Abril del presente año.
2 – Enviar copia del presente acuerdo al Excmo. MONSEÑOR LEZCANO Y ORTEGA.
Comuníquese - Casa Presidencial – Managua, D. N., 21 de abril de 1938. – SOMOZA El Ministro de la Gobernación, G. RAMÍREZ BROWN.