Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA TIERRA CALIENTE ZAMAR R.L)

RESOLUCIÓN N°. 009-2023-PJ-JI-MEFCCA, aprobada el 15 de noviembre de 2023

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 219 del 01 de diciembre de 2023

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa

en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de JINOTEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 0056 se encuentra la Resolución No. 009-2023-PJ-JI-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 009-2023-PJ-JI-MEFCCA, Jinotega, catorce de Noviembre del año dos mil veintitrés, a las cuatro de la tarde; en fecha tres de Agosto del año dos mil veintitrés a las tres de la tarde, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA TIERRA CALIENTE ZAMAR R.L con domicilio social en el Municipio de San Rafael Del Norte, departamento de Jinotega. Se constituye a las diez de la mañana del día seis de Julio del año dos mil veintitrés. Se inicia con veintinueve (29) asociados, cero (0) hombres, veintinueve (29) mujeres, cero (0) persona jurídica, con un capital suscrito de C$14,500 (catorce mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$14,500 (catorce mil quinientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA TIERRA CALIENTE ZAMAR R.L con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Migdalia Del Rosario Chavarría Gutiérrez; Vicepresidente (a): Janeth De Los Angeles Centeno Palacios; Secretario (a): Yudy Palacios Blandón; Tesorero (a): Blanca Jazohara Blandón Zelaya; Vocal: Brenda Del Carmen Herrera Lanzas. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a José Ramón Berrios, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los quince días del mes de Noviembre del año dos mil veintitrés, (f) José Ramón Berrios, Delegado Departamental.
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