Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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ACUERDO POR EL QUE SE ABREN CRÉDITOS PARA GASTOS

ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 15 de Julio de 1893

Publicada en La Gaceta No. 53 del 19 de Julio de 1893

El Gobierno, mientras se dispone lo conveniente acerca del presupuesto de gastos que haya de aplicarse á los servicios de la administración pública, acuerda:

1.°- Se abren dos créditos, uno para los gastos de servicios pertenecientes á autorizaciones anteriores y no liquidado ni pagados antes del 1.º de julio corriente, y otro para los gastos que demande el restablecimiento del orden público; el primero se denominará Liquidaciones de Créditos anteriores y el segundo Gastos Extraordinarios de Cuentas.

Para atender al primero se autoriza la cantidad de veinte mil pesos mensuales y para el segundo la de cincuenta mil pesos también mensuales.

2.°- Estos Créditos se aplicarán mientras se emite un presupuesto que contenga tales designaciones ó por el tiempo que así lo exija la situación.

Comuníquese – Managua, 15 de julio de 1893 – VijilCastilloGómez – El Ministro de Hacienda – Gómez.
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