AUTORIZACIÓN(AL BCN PARA SUSCRIBIR Y EJECUTAR CON “THE OPEC FUND FOR INTERNATIONAL DEVELOPMENT”)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 303-94, Aprobado el 20 de Diciembre de 1994
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 6 del 10 de Enero de 1995
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades,
ACUERDA:
Artículo 1.-Autorizar al Banco Central de Nicaragua (BCN), para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de Agente Financiero del mismo suscriba y ejecute con “The OPEC Fund for International Development”, un acuerdo de préstamo por Doce Millones de Dólares (US$ 12,000,000.00), a diez (10) años de plazo, con tres (3) de gracia y una tasa de interés del 2% anual y el 1% por cargo de servicio.
Artículo 2.-El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinte días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.