Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(SE REFORMA EL ARTO. 1 DEL ACUERDO PRESIDENCIAL No. 484-2002, PUBLICADO EN LA GACETA No. 190 DEL 8/10/02)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 581-2002, Aprobado el 14 de Noviembre del 2002

Publicado en La Gaceta No. 223 del 22 de Noviembre del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le Confiere la Constitución Política

ACUERDA


Artículo 1.- Se reforma al arto. 1 del Acuerdo Presidencial No. 484-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 190 del 8 de Octubre del presente año el que se leerá así:

“Arto. 1 Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato de Préstamo No. 1567 por un monto de Cinco Millones de Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$5,000,000.00), provenientes del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS), para financiar parcialmente el proyecto denominado “Acumulación de Capital Humano en Hogares Rurales en Extrema Pobreza”, que será ejecutado por el Ministerio de la Familia”.

Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos, a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el catorce de Noviembre del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.

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