DECRETO DE APROBACIÓN DEL "ACUERDO DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN"
DECRETO A.N. N°. 8600, Aprobado el 18 de Septiembre de 2019
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 183 del 26 de Septiembre de 2019
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Deseando intensificar la cooperación económica al beneficio mutuo de ambos Estados;
II
Con el propósito de utilizar sus recursos económicos y las facilidades potenciales en el área de inversiones, así como crear y mantener condiciones favorables para las inversiones de nacionales de ambas Partes en cada uno de sus territorios; y
III
Reconociendo la necesidad de promover y proteger las inversiones de los nacionales de las Partes en el territorio de la otra Parte.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. Nº. 8600
DECRETO DE APROBACIÓN DEL "ACUERDO DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN"
Artículo 1 Apruébese el "Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Islámica de Irán'', suscrito el 10 de agosto del año 2019, en la ciudad de Teherán, capital de la República Islámica de Irán.
Artículo 2 Esta aprobación legislativa, le conferirá efectos legales, dentro y fuera del Estado de Nicaragua, una vez que haya entrado en vigencia internacionalmente. El Presidente de la República procederá a publicar el texto del "Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Islámica de Irán".
Artículo 3 Expídase el correspondiente Instrumento de Aprobación, conforme el artículo catorce (14) del Acuerdo.
Artículo 4 El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve. (f) Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.