DISPOSICIÓN RELATIVA Á LA ADJUDICACIÓN DE TERRENOS BALDÍOS
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 18 de Junio de 1896
Publicado en La Gaceta No. 30 de 28 de Junio de 1896
El Presidente de la República en uso de sus facultades, acuerda:
Art. 10 — Toda solicitud de denuncia ó de adjudicación de terrenos baldíos, que se haga en conformidad con las leyes de 23 de Marzo de 77 y 16 de Marzo de 95 deberá publicarse en el periódico oficial de cuenta del interesado; sin cuyo requisito el respectivo funcionario no dará curso á las diligencias, siendo nulo lo que se practique en contravención á lo dispuesto por esta ley.
Art. 20 — A este efecto, el Jefe Político agregará á las diligencias respectivas certificación de la partida de entero en la Administración de Rentas y un ejemplar del periódico oficial en que se haya publicado la solicitud.Comuníquese — Managua, Junio 18 de 1896 — Zelaya — El Ministro de Hacienda — Ramírez M.