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DECRETO LEGISLATIVO DE 24 DE JULIO DE 1846, ELEVANDO AL RANGO DE CIUDAD A LA VILLA DE MANAGUA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 24 de julio de 1846
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua. Libro 1°, 2° y 3°, Jesús de la Rocha, año 1864
Art. 1º. La Villa de Managua se eleva al rango de ciudad con la denominación de Santiago de Managua.
Art. 2º. El Gobierno hará que se publique este decreto con la mayor solemnidad en esta capital.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado