Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”)

DECRETO A.N. N°. 6218, aprobado el 01 de diciembre de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 04 del 10 de enero de 2011

DECRETO A. N. N°. 6218

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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