Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR SUMIT SETH, EN EL CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA, ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 221-2023, aprobado el 07 de noviembre de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 203 del 09 de noviembre de 2023

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 221-2023

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

Que habiendo recibido el Ministro de Relaciones Exteriores a las cuatro de la tarde del día tres de noviembre del año dos mil veintitrés, de las manos del Excelentísimo Señor Sumit Seth, las Copias de Estilo de las Cartas Credenciales que lo acreditan en el carácter de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de la India, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en la República de Panamá, emitidas el día catorce de septiembre de dos mil veintitrés, en Rashtrapati Bhavan, Nueva Delhi, por la Excelentísima Señora Droupadi Murmu, Presidenta de la República de la India.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Reconocer al Excelentísimo Señor Sumit Seth, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de la India, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en la República de Panamá.

Artículo 2. Ordenar a las Autoridades Civiles y Militares, guardar y hacer guardar las prerrogativas e inmunidades que a su jerarquía corresponden.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día siete de noviembre del año dos mil veintitrés. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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