o(SE EXONERA A LOS TURISTAS EL PAGO DE IMPUESTOS POR DERECHO DE INTRODUCCIÓN DE SUS BIENES PERSONALES)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 35, aprobado el 16 de abril de 1940
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 90 del 25 de abril de 1940
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades,
CONSIDERANDO:
Que el turismo es beneficioso para la República y que hay que formarlo en diversas formas a fin de que se incremente lo más posible,
ACUERDA:
Único:- El Distrito Nacional exonerará del pago de impuestos por derechos de instrucción, a los vehículos, muebles y aparatos que traigan los turistas para uso personal y de su familia, siendo entendido que al ser traspasados a otras personas a cualquier título, quedan obligados, tanto el primitivo dueño como el segundo a pagar el impuesto correspondiente.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., dieciséis de Abril de mil novecientos cuarenta.- SOMOZA.- El Ministro del Distrito Nacional, por la ley.- J. SANTOS ZELAYA.