Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO N°. 4807-NI, SUSCRITO EL 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA)

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 6291, aprobado el 03 de febrero del 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 33 del 18 de febrero del 2011

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 287-2010 publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 229 del 30 de noviembre de 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 09 de diciembre del 2010 el Convenio de Financiamiento No. 4807-NI, con la International Development Association (IDA) del Banco Mundial (BM).

II
Que mediante el referido Convenio de Financiamiento No. 4807-NI, la International Development Association (IDA) del Banco Mundial (BM) le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por la suma de DEG's6,600,000.00 (Seis Millones Seiscientos Mil Derechos Especiales de Giro) equivalente aproximadamente a US$10,000,000.00 (Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) para financiar el "Proyecto de Modernización del Sistema de Administración Financiera del Sector Público (PMSAF)", que ejecutará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

III
Que estas actividades están enfocadas en contribuir (i) fortalecimiento de las capacidades institucionales y apoyo a la operación de las entidades rectoras en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para cumplir con los mandatos institucionales establecidos en la Ley No. 550 "Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario" y al mismo tiempo prepararse para la implementación de un sistema de información de la gestión financiera renovado; (ii) diseño, adaptación y desarrollo de un sistema integrado y renovado de información de la gestión administrativa y financiera; instalación y el despliegue del nuevo sistema en la administración central y también la realización de esfuerzos para aumentar capacidades para desarrollar las habilidades de los usuarios para operar el sistema de una manera sostenible.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO No. 4807-NI, SUSCRITO EL 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA)

Artículo 1 Apruébese el Convenio de Financiamiento No. 4807-NI, suscrito el 09 de diciembre del año 2010, por la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, y la International Development Assotiation, por un monto de DEG's 6,600,000.00 (Seis Millones Seiscientos Mil Derechos Especiales de Giro), equivalente aproximadamente a US$10,000,000.00 (Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), para financiar el "Proyecto de Modernización del Sistema de Administración Financiera del Sector Público (PMSAF)", que será ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los tres días del mes de febrero del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

Nota: Es error de La Gaceta, Diario Oficial la palabra Artículo y luego en el siguiente artículo solo abreviarlo y poner Art.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.