Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
[DECRETO QUE RATIFICA LOS NOMBRAMIENTOS DE MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS (CONAMI)]

DECRETO A.N. N°. 8278, aprobado el 20 de junio de 2017

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 27 de junio de 2017

LA ASAMBLEA NACIONAL
REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades.

HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 8278

DECRETO QUE RATIFICA LOS NOMBRAMIENTOS DE MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS (CONAMI)

Artículo 1 Ratificación de nombramientos Miembros de CONAMI
Se ratifican los Nombramientos de la Presidenta Ejecutiva y de los Miembros Propietarios y Suplentes, para conformar el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), los que se detallan a continuación:

N°.
Miembro Propietario
Miembro Suplente
1Jim del Socorro Madriz López
Presidenta Ejecutiva
Flavio José Chiong Aráuz
2Rosa Pasos ArgüelloPerla del Rosario Rosales Rodríguez
3Freddy José Cruz CortesDenis Enrique Reyna Estrada
Todos ellos fueron nombrados por el Presidente de la República por Acuerdo Presidencial N°. 74-2017 y N°. 75-2017, publicados en La Gaceta, Diario Oficial N°. 105 del 6 de junio de 2017.

Articulo 2 Vigencia
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veinte días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Dr. Gustavo Eduardo Porras
Cortes, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.