Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN SAN FRANCISCO DE ASÍS. R. L (COOPAPSANFA. R. L)]

RESOLUCIÓN N°. 007-2021 -PJ-MZ-MEFCCA, aprobada el 16 de diciembre de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 15 del 25 de enero de 2022

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de MADRIZ del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 055 se encuentra la Resolución No. 007-2021-PJ-MZ-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice. Resolución No. 007-2021-PJ-MZ-MEFCCA, Madriz, quince de Diciembre del año dos mil veintiuno, las dos de la tarde, en fecha trece de Diciembre del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN SAN FRANCISCO DE ASÍS. R. L (COOPAPSANFA.R.L) con domicilio social en el Municipio de San Lucas, departamento de Madriz. Se constituye a las once de la mañana del día siete de Julio del año dos mil veintiuno. Se inicia con trece (13) asociados, siete (7) hombres, seis (6) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 6,500 (seis mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ 3,900 (tres mil novecientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN SAN FRANCISCO DE ASÍS R.L (COOPAPSANFA. R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Rosa Elena Avilés Hernández (a) José Manuel Umanzor Obando; Secretario (a): Maynor Josué Gutiérrez Miranda; Tesorero (a): Edin Ramón Izaguirre González; Vocal: Alicia Antonia Miranda Gutiérrez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Wilson Pablo Montoya Rodríguez, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciséis días del mes de Diciembre del año dos mil veintiuno. (f) Wilson Pablo Montoya Rodríguez Delegado Departamental.
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