Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Abrir Gaceta
-
(MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA EN EL MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA)

ACUERDO MINISTERIAL No. 53-98. Aprobado el 9 de Noviembre de 1998.

Publicado en La Gaceta No. 227 del 25 de Noviembre de 1998.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

CONSIDERANDO:

l

Que de acuerdo al Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 72-98, se instruye al Ministro de Hacienda y Crédito Público a efectuar las Modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República y realizar los desembolsos según lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Régimen Presupuestario.

POR TANTO:

ACUERDA:

PRIMERO: Reformar el Acuerdo Ministerial No. 49-98 del dos de Noviembre de 1998 de manera que el numeral primero se leerá así:

"Modificar el Presupuesto General de la República en el Ministerio de Transporte e Infraestructura, ampliándolo hasta por un monto de C$ 59,916,000.00 (CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL CÓRDOBAS) para ser utilizado en un Proyecto Especial de Emergencia, dentro del Programa 09, "Construcción y Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura", denominado "Proyecto de Rehabilitación Vial de Emergencia".

"Modificar el Presupuesto General de la República en las Partidas no Asignables a Organismo, ampliándolo hasta por un monto de C$ 18,084.000.00 (DIECIOCHO MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS) para ser utilizados en un proyecto Especial de Emergencia, dentro del Programa 11, "Instituto de Desarrollo Rural", denominado "Proyecto de Rehabilitación de Caminos Rurales".

SEGUNDO: El uso de estos recursos será informado a la Asamblea Nacional para los efectos previstos en el artículo 31 de la Ley del Régimen Presupuestario y sus desembolsos y registros deberán hacerse de conformidad a las Normas de Ejecución y Control Presupuestario.

TERCERO: Este acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República.

Dado en la Ciudad de Managua, a los nueve días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA.- MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.