Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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FACULTAR AL MINISTRO DE ECONOMÍA Y DESARROLLO

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 143-95, aprobado el 23 de junio de 1995

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 121 del 29 de Junio de 1995

El Presidente de la República de Nicaragua,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA:

Artículo 1.- Facultar al Ministro de Economía y Desarrollo, en su calidad de Gobernador Titular por Nicaragua ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a emitir el voto favorable de Nicaragua al documento “Modificación del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones”.

Todo de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el documento CII-AB472, que fue convenido por los Gobernadores durante la Asamblea de Gobernadores de la Corporación, celebrada en Jerusalén el 3 de Abril de 1995.

Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintitrés días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua.
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