Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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DISPOSICIÓN RELATIVA A PLANES DE ARBITRIOS

ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 8 de Julio de 1897

Publicado en La Gaceta No. 282 del 14 de Julio de 1897

El Presidente del Estado, en uso de sus facultades, acuerda:

Art. 1º.- Deróganse las disposiciones de los Planes de Arbitrios Municipales que establecen impuestos especiales y directos sobre las propiedades, por el simple hecho de que sus dueños no sean vecinos del lugar en que se hallan ubicados los inmuebles.

Art. 2º.- El impuesto establecido en los Planes de Arbitrios sobre el aguardiente que se extraiga de los depósitos, deberá entenderse respecto del que se venda para el consumo del departamento y no respecto del que se traslade de un depósito á otro.

Comuníquese- Managua, 8 de Julio de 1897- Zelaya - El Ministro de Gobernación - Caldera.
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